Análisis · Cobros a visitantes

El cobro a visitantes extranjeros subiría a 1,158 pesos en 2027 y el aumento iría casi todo a Migración

Son 175 pesos más por visitante. De esos 175, 173.70 irían al Instituto Nacional de Migración; las empresas que administra la Defensa recibirían casi lo mismo que hoy, 660 pesos, y nada iría a promoción turística. Aprobado en Diputados, pendiente del Senado.

Riviera Maya Economic Pulse · 17 de octubre de 2026Último dato: octubre 2026 (Cámara de Diputados, dictamen de la Ley Federal de Derechos 2027)

¿A dónde iría el aumento del cobro a visitantes extranjeros que aprobó la Cámara de Diputados? El dictamen de la Comisión de Hacienda, votado el 13 de octubre de 2026, sube el derecho de no residente de 983 a 1,158 pesos y cambia su reparto. Aquí se calcula, por visitante y con el texto de la ley, quién recibe qué hoy y quién recibiría qué en 2027.

De los 175 pesos de aumento, 173.70 irían a Migración

Hoy la ley reparte el cobro en dos: 67% para las empresas que administra la Secretaría de la Defensa Nacional, a través de un fideicomiso, y 33% para la Tesorería de la Federación, sin destino específico. El dictamen lo reparte en tres: 57% para esas empresas, 15% para el Instituto Nacional de Migración y 28% para la Tesorería.

Como la cuota sube al mismo tiempo que bajan los porcentajes, lo que reciben por visitante la Defensa y la Tesorería casi no cambia: 658.61 pesos hoy y 660.06 en 2027 para las empresas de la Defensa; 324.39 y 324.24 para la Tesorería. El aumento completo es lo que entra nuevo al reparto: 173.70 pesos por visitante para Migración, que hoy no recibe nada de este cobro. El dictamen los destina a infraestructura tecnológica de seguridad fronteriza y control migratorio.

Destino2026 (983)2027, dictamen (1,158)Diferencia
Empresas que administra la Defensa658.61660.06+1.45
Instituto Nacional de Migración0.00173.70+173.70
Tesorería de la Federación, sin destino específico324.39324.24-0.15
Cuota por visitante983.001,158.00+175.00

Pesos por visitante. Cuota del artículo 8o., fracción I, de la Ley Federal de Derechos por el porcentaje de cada destino del artículo 18-A, redondeado a centavos. 2026: ley vigente. 2027: dictamen de la Comisión de Hacienda aprobado por la Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2026, pendiente del Senado.

Quién lo paga y quién lo cobra

Lo paga cada extranjero que entra al país como visitante sin permiso para trabajar, con fines turísticos. A quien llega por avión se lo cobran las aerolíneas internacionales, que por ley lo recaudan y lo enteran al fisco. La ley exenta a quien entra por tierra y se queda hasta siete días.

Los pasajeros de crucero pagan otra cifra. Un decreto de estímulo fiscal de junio de 2025 les descuenta la cuota hasta dejarla en el equivalente en pesos de 10 dólares desde el 1 de agosto de 2026, 15 dólares desde el 1 de julio de 2027 y 21 dólares desde el 1 de agosto de 2028, hasta el 30 de septiembre de 2030. Como el descuento se calcula restándolo de la cuota, el aumento a 1,158 pesos no cambia lo que paga el crucerista.

Aprobado en Diputados, pendiente del Senado

La iniciativa del Ejecutivo, presentada el 8 de septiembre de 2026, proponía una cuota de 1,334.80 pesos, 35.8% más, y un reparto de 50% para la Defensa, 26% para Migración y 24% para la Tesorería. La Comisión de Hacienda la bajó a 1,158 pesos, 17.8% más, con el reparto de 57%, 15% y 28%.

El pleno la aprobó el 13 de octubre de 2026: 329 votos a favor y 117 en contra en lo general, y 339 a favor, 113 en contra y 2 abstenciones en los artículos reservados, que quedaron en los términos del dictamen. Falta el voto del Senado. La cuota regiría desde el 1 de enero de 2027.

Ocho años de cuotas y repartos

AñoCuota vigente, pesosA dónde va por ley
2018533.1580% al Consejo de Promoción Turística de México, que pasa 10% del total a Fonatur; 20% a Migración
2019558.2680% a infraestructura turística que determine el Gobierno Federal; 20% a Migración
2020574.8480% a infraestructura en destinos turísticos; 20% a Migración
2021593.9880% a infraestructura en destinos turísticos; 20% a Migración
2022637.7680% a infraestructura en destinos turísticos; 20% a Migración
2023687.44Igual hasta mayo; después, 80% a una empresa paraestatal por fideicomiso y 20% a Migración; desde el 14 de noviembre, 100% al fideicomiso de Tren Maya
2024717.14100% al fideicomiso de Tren Maya
2025860.5667% a las empresas que administra la Defensa; 33% a la Tesorería
2026983.0067% a las empresas que administra la Defensa; 33% a la Tesorería
2027, dictamen1,158.0057% a las empresas que administra la Defensa; 15% a Migración; 28% a la Tesorería

Cuota vigente de cada año, actualizada por inflación en el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal; en el texto de la ley fue de 500 pesos de 2017 a 2024. Reparto según el artículo 18-A vigente cada año y, en 2019, la Ley de Ingresos de la Federación. 2027: dictamen.

Migración recibió 20% del cobro hasta noviembre de 2023, cuando la reforma que mandó todo a Tren Maya lo sacó del reparto. El dictamen lo devuelve con 15%.

Desde 2020, nada para promoción

Hasta 2018, el 80% del cobro financiaba la promoción turística del país: ese año el Consejo de Promoción Turística de México recibió 5,995.7 millones de pesos por este concepto. La Ley de Ingresos de 2019 mandó ese 80% a infraestructura, y desde 2020 ninguna versión del artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos destina un peso de este cobro a promoción turística. El dictamen de 2027 tampoco.

Límites de las cifras

  1. La cifra de 2027 es un dictamen, no una ley. Falta el voto del Senado, que puede cambiar la cuota o el reparto.
  2. La recaudación no se publica por estado ni por aeropuerto, así que no se puede saber cuánto aportan los visitantes que llegan a Quintana Roo. El último dato nacional auditado es de 2022: 10,178.0 millones de pesos por visitantes con fines turísticos, según la Auditoría Superior de la Federación.
  3. Ningún porcentaje del cobro va a los estados, ni hoy ni con el dictamen: el artículo 18-A lo reparte entre dependencias federales y la Tesorería.
  4. Esta entrada no estima cuánto recaudaría el aumento, porque no hay serie oficial reciente de recaudación ni de las llegadas que lo pagan.

Usos del dato

  1. El hotelero de la Riviera. Si el Senado lo aprueba, cada huésped extranjero que llegue por avión pagaría 1,158 pesos en 2027, 175 más que los 983 de hoy. El que llega en crucero paga el equivalente a 10 dólares hasta junio de 2027 y 15 desde julio, con o sin el aumento.
  2. Las aerolíneas internacionales. Son las que recaudan y enteran el cobro de quien llega por avión: la cuota pasaría de 983 a 1,158 pesos por visitante, y de ella 173.70 irían a Migración.
  3. El gobierno de Quintana Roo. Ningún porcentaje del cobro va a los estados, hoy ni con el dictamen; la recaudación no se publica por estado, y desde 2020 ningún peso va a promoción turística.

Nota metodológica

Cuotas y repartos

La cuota de 2026, 983 pesos, y el reparto de 67% y 33% son del texto vigente de la Ley Federal de Derechos, artículo 8o., fracción I, y artículo 18-A, con última reforma del 7 de noviembre de 2025. La cuota de 1,158 pesos y el reparto de 57%, 15% y 28% son del dictamen de la Comisión de Hacienda, firmado el 12 de octubre y publicado en la Gaceta Parlamentaria 7145-IV del 13 de octubre de 2026. Las votaciones son de las tablas de votación de la Gaceta del 13 de octubre. Que las aerolíneas recaudan y enteran el cobro de quien llega por avión lo dice el mismo artículo 8o. La exención de quien entra por tierra hasta siete días es del artículo 11.

Por visitante

Los montos por destino son derivados: la cuota por el porcentaje de cada destino, redondeados a centavos. Las tres partes de cada año suman exactamente la cuota.

Cruceristas

Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican en materia de derechos por servicios migratorios, firmado el 30 de junio de 2025 y vigente del 1 de julio de 2025 al 30 de septiembre de 2030. El crédito fiscal es la cuota menos el factor del decreto (5, 10, 15 o 21) por el tipo de cambio que publica el Banco de México; eso es lo que paga el crucerista.

Serie y reparto histórico

Las cuotas de 2018 a 2025 son las actualizadas por inflación que publica el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal de cada año; en el texto de la ley la cuota fue de 500 pesos de 2017 a 2024. El reparto es el del artículo 18-A en sus versiones del 12 de diciembre de 2011, 9 de diciembre de 2019, 3 de mayo de 2023, 13 de noviembre de 2023 y 19 de diciembre de 2024, y el de la Ley de Ingresos de la Federación 2019, artículo 25, fracción VIII. Los 5,995.7 millones de 2018 son del análisis del ejercicio del presupuesto del Consejo de Promoción Turística de México en la Cuenta Pública 2018. Los 10,178.0 millones de 2022 son de la auditoría 2022-0193 de la Auditoría Superior de la Federación, netos de devoluciones.

Reproducción

Las dos tablas las genera datos/cobro-visitantes-extranjeros-2027/genera_tablas.py, que verifica el sello de los textos legales antes de leerlos, comprueba que cada cuota y cada porcentaje estén en su fuente y aborta si no. Cada tabla declara en su marcado el TSV del que sale.

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