Análisis · Finanzas públicas

El comité ciudadano que la ley manda constituir está derogado desde junio de 2025

El Quinto Transitorio de la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos ordena constituir un Comité Ciudadano de Seguimiento para vigilar la recaudación del derecho de saneamiento ambiental, y el Congreso del Estado lo sigue publicando en el texto vigente de la ley. El Ayuntamiento lo eliminó de sus tres instrumentos, y el decreto estatal que su acuerdo invoca no menciona a ese comité en sus sesenta y dos páginas.

Riviera Maya Economic Pulse · 31 de agosto de 2026

Lo que dice la ley, hoy

El derecho de saneamiento ambiental de Puerto Morelos lo administra un fideicomiso, y quien aprueba en qué se aplica es su Comité Técnico. La ley que creó el derecho previó, además, un segundo órgano.

El texto de la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos que publica el Congreso del Estado está rotulado Última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado el 09 de diciembre de 2024. Incorpora ya el decreto de esa fecha. En ese texto, el Quinto Transitorio dice [hv]:

QUINTO. En un plazo no mayor de treinta días naturales posteriores a la vigencia de esta ley y previa convocatoria del Honorable Ayuntamiento del Municipio, deberá constituirse el Comité Ciudadano de Seguimiento a la aplicación de los Recursos Públicos que se generen de la aplicación del Derecho de Saneamiento Ambiental.

El Comité tendrá la encomienda de vigilar la recaudación de la contribución que se perciba en las arcas municipales por el concepto del nuevo derecho de saneamiento. El Comité deberá estar integrado por cinco ciudadanos representantes de los principales sectores sociales y productivos establecidos en el Municipio.

Es la única mención al Comité Ciudadano en toda la ley [derivado] el conteo, [hv] el texto.

Lo que dice el decreto que se invoca

El Decreto 058 se publicó el 9 de diciembre de 2024 y reformó, derogó y adicionó diversas disposiciones de esa Ley de Hacienda. Adicionó el artículo 136 Bis, que dice [hv]:

Artículo 136 BIS. Los ingresos que por esta contribución perciba el Municipio, se administrarán de conformidad con las Reglas de Operación para la Aplicación de los Recursos Públicos que se Generen por Concepto del Derecho de Saneamiento Ambiental, mediante un Fideicomiso de Inversión y Administración de este Derecho; y será conforme a los proyectos aprobados por el Comité Técnico del Fideicomiso, que será integrado conforme al Reglamento Interior del Fideicomiso, por funcionarios del Municipio y representantes de la sociedad civil.

El decreto no menciona al Comité Ciudadano. Se leyeron sus sesenta y dos páginas: cero apariciones [hv]. Sus artículos transitorios son dos: la entrada en vigor y la fórmula de que se derogan las disposiciones que contravengan lo dispuesto en el propio decreto [hv].

Las dos encomiendas no se superponen. El transitorio encarga al Comité Ciudadano vigilar la recaudación; el 136 Bis encarga al Comité Técnico aprobar los proyectos [hv] las dos citas.

El considerando

El acuerdo del Ayuntamiento se aprobó en la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de junio de 2025, y se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 23 de junio de 2025 [hv]. Su considerando 4 cita el Quinto Transitorio como el origen del Comité Ciudadano y su considerando 5 dice que el Ayuntamiento lo integró [hv]. Su considerando 6 recuerda el Decreto 058. Su considerando 8 dice, textual [hv]:

8. Que atendiendo a lo anterior, es que corresponde eliminar de los ordenamientos municipales antes referidos, las referencias que se hacen en estos relativos al otrora Comité Ciudadano para quedar únicamente el Comité Técnico del Fideicomiso como el órgano encargado de la aprobación de los proyectos a ejecutarse con dichos recursos, así como para considerar a la nueva estructura de la Administración Municipal, en los ordenamientos municipales relativos al multicitado fideicomiso.

Qué se eliminó

En las Reglas de Operación, el acuerdo derogó el Título II completo, sus cuatro capítulos y veintiocho artículos, del 7 al 34 [hv]. Ese título era el del Comité Ciudadano. Con él se fue su Capítulo IV, el único lugar de los dos instrumentos donde había causales de cese escritas [hv].

En el Reglamento Interior del Comité Técnico, el acuerdo tocó doce disposiciones. Seis eliminan al Comité Ciudadano [derivado] el conteo, [hv] el articulado:

Las seis disposiciones del Reglamento Interior que eliminan al Comité Ciudadano
DisposiciónQué decía antesQué dice ahora
Artículo 8, fracción XIILa Décima Vocalía la ejerce quien ocupe la Presidencia del Comité CiudadanoDerogada
Artículo 11Las vocalías Quinta a Décima duran el periodo constitucionalQuinta a Novena
Artículo 12Regulaba la duración del cargo de la Décima VocalíaDerogado
Artículo 22, fracción VILa Presidencia informa al Comité Ciudadano de los montos recaudados y de los recursos ejercidosDerogada
Artículo 23, fracción XVILa Secretaría Técnica informa al Comité Ciudadano sobre el avance y cumplimiento de los programasDerogada
Artículo 35, fracción VEl quinto asiento de la Comisión de Vigilancia lo ocupa la Décima VocalíaLo ocupa la Novena Vocalía

Fuente: acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado el 23 de junio de 2025, número 113 extraordinario, cotejado contra el texto de 2023 del mismo reglamento.

De las otras seis, cuatro actualizan nombres de dependencias por la reestructuración administrativa que el considerando 7 refiere, y dos retiran el voto a la persona que funge como Comisario [hv].

Las dos obligaciones de informar que se derogaron eran las únicas dirigidas a un destinatario fuera del propio Comité Técnico [derivado] el alcance, [hv] el articulado.

El acuerdo instruyó además gestionar ante la fiduciaria las modificaciones o adendum al contrato de fideicomiso [hv]. No consta publicado [sin dato].

El comité existió

No es un órgano que se quedara en el papel.

La convocatoria para seleccionar a sus integrantes se publicó en la Gaceta Oficial del Municipio del 28 de octubre de 2022 [hv]. La designación se aprobó en la Vigésima Novena Sesión Ordinaria de Cabildo del 8 de diciembre de 2022 y se publicó en la Gaceta del 21 de diciembre de 2022 [hv]. La Comisión de Selección la integraron el Síndico, el Secretario General, tres regidurías, la Tesorería y la Dirección General de Turismo [hv].

El acuerdo designó a cinco personas y asentó por quién fue propuesta cada una [hv]:

Las cinco organizaciones del Comité Ciudadano, cruzadas con el Comité Técnico
Propuesta por¿Tenía asiento propio en el Comité Técnico?
Asociación Civil «Medio Ambiente y Reciclando»No
Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos CondimentadosSí, Séptima Vocalía
Asociación Civil «Colegio Portomorelense de Ingenieros Civiles»Sí, Novena Vocalía
Asociación Civil «Asociación de Hoteles de Quintana Roo»Sí, Quinta Vocalía
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos de Quintana Roo, Plantel Leona VicarioNo

Fuente: acuerdo de designación, Gaceta Oficial del Municipio de Puerto Morelos, 21 de diciembre de 2022; y artículo 8 del Reglamento Interior con el Anexo 4 del acuerdo de creación del fideicomiso, Periódico Oficial, 26 de septiembre de 2023.

Tres de las cinco organizaciones ya tenían silla propia en el Comité Técnico [derivado] el cruce, [hv] las dos fuentes. Las otras dos, una asociación civil ambiental y un plantel de bachillerato técnico, no la tenían en ninguna otra parte del arreglo [derivado].

Lo que no consta

No se localizó constancia de que el Comité Ciudadano sesionara [sin dato].

Se revisaron las 354 gacetas oficiales del Municipio publicadas en el portal, descargadas y buscadas por texto: sólo aparece en dos, la convocatoria y la designación. Ochenta y dos de esas gacetas no traen capa de texto y no son alcanzables por esa vía; cuatro son de 2019, cuarenta y tres de 2020, once de 2021, once de 2022, once de 2023 y dos de 2024, y ninguna de 2025 o 2026 [hv]. En el buscador del Periódico Oficial del Estado, tres variantes del término devuelven cero ediciones, y ese buscador indexa el índice de cada edición y no el cuerpo, de modo que un cero por esa vía no prueba inexistencia [hv]. La consulta pública de la Plataforma Nacional de Transparencia respondió con un control anti robot y no fue consultable [hv]. El buscador del sitio de comunicación social del Municipio devuelve cero resultados para el término [hv].

Tampoco consta quién presidió el comité [sin dato]. El acuerdo de designación no lo nombra, y las Reglas de Operación disponían que la Presidencia la eligieran los propios integrantes. Esa Presidencia era la que ocupaba la Décima Vocalía del Comité Técnico.

Tres cosas del documento

El acuerdo publicado numera dos considerandos distintos como 9: el que enumera lo derogado en las Reglas de Operación y el que hace lo propio con el Reglamento Interior [hv].

Sus resolutivos remiten al Octavo considerando para las Reglas de Operación y al Noveno para el Reglamento Interior [hv]. En la numeración impresa, el articulado de las Reglas está en el primer 9 y el del Reglamento en el segundo [derivado].

El considerando 4 fecha la publicación de la Ley de Hacienda el 20 de diciembre de 2018; el texto consolidado que publica el Congreso la fecha el 4 de diciembre de 2018 [hv] las dos. La diferencia se declara y no se resuelve aquí [sin dato].

Lo que no se afirma

No se afirma que la derogación municipal sea válida o inválida. Eso lo resuelve una autoridad competente y no una lectura de textos [sin dato].

No se afirma que el Comité Ciudadano no haya sesionado: se afirma que no se localizó constancia publicada de que lo hiciera, con el alcance de búsqueda descrito arriba.

No se atribuye intención a ninguna persona ni a ningún órgano. Lo que este texto pone uno junto al otro son dos documentos vigentes y un considerando.

Nota metodológica y huecos declarados

El texto de la Ley de Hacienda es el que publica el Congreso del Estado de Quintana Roo, rotulado con última reforma del 9 de diciembre de 2024. El Decreto 058 se leyó en el Periódico Oficial del 9 de diciembre de 2024, número 244 extraordinario, páginas 227 a 288, por render y reconocimiento de texto sobre página, porque el ejemplar no trae capa de texto útil.

El acuerdo municipal se leyó en el Periódico Oficial del 23 de junio de 2025, número 113 extraordinario, Tomo II, páginas 44 a 54, por el mismo método. Las dos gacetas municipales de 2022 se descargaron del portal del Municipio y se leyeron por render.

El cruce entre las organizaciones del Comité Ciudadano y las vocalías del Comité Técnico se hizo contra el artículo 8 del Reglamento Interior en su texto de 2023 y contra el Anexo 4 del acuerdo de creación.

No se publican nombres de personas. Sólo cargos y organizaciones, aunque las fuentes los traen.

El adendum al contrato de fideicomiso no consta publicado [sin dato]. Mientras no se publique, la cláusula Sexta del contrato sigue diciendo que el Comité Técnico se integra con diez vocalías, y el Reglamento reformado dejó nueve.

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