Análisis · Finanzas públicas

El reglamento del fideicomiso de Puerto Morelos fija el quórum tres veces y las tres reglas no coinciden

El órgano que aprueba en qué se gasta el derecho de saneamiento ambiental de Puerto Morelos tiene trece asientos: siete de gobierno y seis de organizaciones. Su reglamento fija el quórum en tres artículos distintos, con tres contenidos distintos, y no dice cuál priva. El mismo reglamento excluye por escrito a los vocales de sociedad civil del régimen de responsabilidades de los servidores públicos. Las causales de remoción están escritas para el comité que da seguimiento y no para el que decide. El contrato que el municipio publicó no está firmado, y uno de sus anexos no se publicó.

Riviera Maya Economic Pulse · 30 de agosto de 2026

Trece asientos, siete de gobierno y seis de organizaciones

El derecho de saneamiento ambiental de Puerto Morelos no lo gasta la Tesorería. Lo gasta un fideicomiso, y quien aprueba en qué se aplica es su Comité Técnico.

El acuerdo de creación lo dice en el considerando: el Comité estará integrado por siete funcionarios del Municipio y seis representantes de la sociedad civil [hv]. Son trece asientos, cada uno con propietario y suplente [hv].

Los siete de gobierno son la Tesorería Municipal, que preside; la Dirección de Planeación, que lleva la Secretaría Técnica; la Sindicatura; la presidencia de la Comisión Edilicia de Turismo; la Secretaría de Turismo Sustentable; la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología; y la Contraloría Municipal, que ocupa el cargo de Comisario [hv].

Los seis restantes están asignados a organizaciones nombradas una por una [hv]:

Los seis asientos de sociedad civil del Comité Técnico
AsientoOrganización
Quinta VocalíaAsociación de Hoteles de Quintana Roo, A.C.
Sexta VocalíaAsociación de Clubes Vacacionales de Quintana Roo, A.C., Delegación Puerto Morelos
Séptima VocalíaCámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados, Delegación Puerto Morelos
Octava VocalíaAsociación de Hoteles de Quintana Roo, A.C., Delegación Puerto Morelos
Novena VocalíaColegio Portomorelense de Ingenieros Civiles, A.C.
Décima VocalíaPresidencia del Comité Ciudadano del Derecho de Saneamiento Ambiental

Fuente: Anexo 4 del acuerdo de creación, Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, 26 de septiembre de 2023.

Tres de esos seis asientos corresponden a hospedaje: dos a la Asociación de Hoteles de Quintana Roo, la estatal y su delegación local, y uno a la de clubes vacacionales [derivado] el conteo, [hv] la fuente.

El Ayuntamiento explicó por qué el acuerdo sólo se pronunció sobre cinco vocalías: las demás son inherentes al cargo que ocupan los funcionarios municipales, y la Décima corresponde por regla a quien presida el Comité Ciudadano [hv].

El cargo es honorífico y no recibe remuneración [hv]. El Comité es la máxima autoridad del Fideicomiso y sus acuerdos son inapelables e inobjetables, debiéndose cumplir en sus términos, siempre que sean lícitos y se ajusten a la ley y a los fines del Fideicomiso [hv], artículo 18. Los acuerdos son válidos y ejecutables desde el momento de su aprobación, con independencia de que después se consignen en el acta [hv], artículo 45.

El quórum está escrito tres veces en el reglamento, y una cuarta en el contrato

El Reglamento Interior fija el quórum en tres artículos, y los tres dicen cosas distintas [hv].

Artículo 19, fracción III. En primera convocatoria las reuniones son válidas con la asistencia de la Presidencia, la Secretaría Técnica, el Comisario y la mayoría de sus integrantes. Si no se reúne, la segunda es válida cuando asista la mitad más uno de sus integrantes, entre quienes debe encontrarse el titular o suplente de la Presidencia o el del Comisario.

Artículo 38. Para sesionar válidamente deben concurrir la mitad más uno de los integrantes con derecho a voz y voto, y siempre debe asistir la Presidencia o la Secretaría Técnica, y el Comisario. No prevé segunda convocatoria.

Artículo 41. El quórum es la mitad más uno de los vocales con derecho a voto; si no se reúne, se cita de inmediato a segunda convocatoria y la sesión se celebra con los que estén presentes, cuidando de que asistan la Presidencia, la Secretaría Técnica, el Comisario y al menos tres vocales.

Y hay una cuarta regla, fuera del reglamento. El contrato de fideicomiso fija por su cuenta cómo funcionará el Comité Técnico. Su cláusula Sexta, numeral 2, dice que las reuniones serán válidas con la asistencia de la mayoría de sus miembros y que las decisiones se tomarán por mayoría [hv]. No exige la presencia de la Presidencia, de la Secretaría Técnica ni del Comisario, y no prevé voto de calidad. Las tres reglas del reglamento sí exigen esa presencia, cada una a su manera.

Las cuatro reglas de quórum, y en qué difieren
ReglaBase del cómputoSegunda convocatoriaPresencia obligada
Reglamento, art. 19 fr. IIImayoría de los integrantesmitad más uno de los integrantesPresidencia o Comisario
Reglamento, art. 38mitad más uno de los integrantesno la prevéPresidencia o Secretaría, y Comisario
Reglamento, art. 41mitad más uno de los vocaleslos que estén presentesPresidencia, Secretaría, Comisario y tres vocales
Contrato, cl. Sexta núm. 2mayoría de los miembrosno la prevéno exige ninguna

Fuente: Anexos 1 y 2 del acuerdo de creación, Periódico Oficial, 26 de septiembre de 2023. Lectura sobre página renderizada.

Las tres del reglamento difieren en tres puntos: sobre qué base se cuenta la mitad más uno, integrantes en el 38 y vocales en el 41; si hay o no segunda convocatoria; y quiénes deben estar presentes en ella. El artículo 19 admite la Presidencia o el Comisario, y el 41 pide los tres cargos. El reglamento no dice cuál de sus tres artículos priva y no contiene regla de prelación entre ellos [hv]. Tampoco hay en el reglamento, en las Reglas de Operación ni en el contrato una disposición que resuelva la diferencia entre el contrato y el reglamento [hv].

La cifra que el propio texto enumera es la del artículo 41: en segunda convocatoria, Presidencia, Secretaría Técnica, Comisario y tres vocales. Son seis personas de trece [derivado] el conteo, [hv] la enumeración. Los tres primeros son cargos de gobierno.

Hay además una regla de redondeo. El artículo 42, en su segundo párrafo, manda que cuando la división para contabilizar la mitad más uno no dé un número entero, se atienda al número entero superior [hv]. Con trece integrantes esa división no es entera, así que el número exacto de la primera y la segunda convocatoria del artículo 19 depende de en qué orden se aplique esa regla, y el reglamento no lo especifica [sin dato].

Las decisiones se toman por mayoría simple de los asistentes, y en caso de empate la Presidencia tiene voto de calidad [hv], artículos 19 fracción IV y 42. La Presidencia es la Tesorería Municipal.

El acta de sesión debe contener nueve elementos: número, tipo, fecha, pase de lista, lectura del acta anterior, orden del día, acuerdos adoptados, asuntos generales y clausura [hv], artículo 46. El sentido del voto de cada asiento no está en esa lista [hv]. Sí lo está en el caso de las sesiones virtuales, que el artículo 44 admite ante contingencia declarada y en las que debe garantizarse el registro del voto en los asuntos correspondientes [hv].

El rubro más grande se trabaja en una comisión con dos asientos de la misma asociación

Las Reglas de Operación reparten los recursos en cinco rubros con porcentaje cerrado [hv], artículo 4:

Los cinco rubros del artículo 4 de las Reglas de Operación
RubroPorcentaje
Playas y Medio Ambiente40
Nuestra Ciudad25
Protección y Seguridad Ciudadana20
Fondo de Contingencia10
Gastos de administración y operación del Fideicomiso5

Fuente: Anexo 3 del acuerdo de creación, Periódico Oficial, 26 de septiembre de 2023.

El Reglamento crea cuatro comisiones especializadas de cinco integrantes cada una, y no las integra por perfil sino por asiento: nombra la vocalía exacta que ocupa cada silla [hv], artículos 32 a 35.

La Comisión de Playas y Medio Ambiente, que trabaja el rubro de 40 por ciento, se integra con la Presidencia del Comité Técnico y las vocalías Tercera, Cuarta, Quinta y Octava [hv]. Cruzado con el Anexo 4, la Quinta es la Asociación de Hoteles de Quintana Roo y la Octava es su Delegación Puerto Morelos: dos de los cinco asientos de esa comisión [derivado] el cruce, [hv] las dos fuentes.

La Octava Vocalía aparece además en la Comisión de Nuestra Ciudad y en la de Vigilancia sobre la Administración del Fideicomiso [hv]. Es el único asiento que está en tres de las cuatro comisiones [derivado].

El reglamento escribe una excepción al régimen de responsabilidades

El artículo 16 del Reglamento Interior dice que los integrantes del Comité Técnico y sus acciones serán objeto de vigilancia y sanción conforme a lo descrito en la Ley de responsabilidades de los Servidores Públicos, con extensión al Municipio de Puerto Morelos, y agrega, textual: no a así para aquellos miembros en su calidad de vocales integrantes de la Sociedad Civil, que intervienen en el Comité Técnico [hv]. La errata es del original.

La excepción alcanza a seis de los trece asientos [derivado] el conteo, [hv] la norma y la integración.

Las causales de remoción están escritas para el otro comité

Para el Comité Técnico no hay causales. Lo único que el reglamento dice sobre la permanencia es que los designados durarán en el cargo mientras no renuncien o su nombramiento sea revocado [hv], artículo 15, sin señalar quién revoca, por qué causa ni con qué procedimiento [sin dato]. El artículo 19 fracción VI regula la sustitución por renuncia, incapacidad, fallecimiento o causa análoga que origine la falta definitiva, y lo que describe es el trámite de registro ante la Fiduciaria [hv].

Para el Comité Ciudadano de Seguimiento hay un capítulo. Las Reglas de Operación titulan su Capítulo IV De la extinción de obligaciones de las y los integrantes del Comité Ciudadano, y su artículo 33 enumera cinco causas de cese anticipado: renuncia voluntaria con treinta días naturales de anticipación; pérdida de la representatividad del sector social o productivo; acumular tres inasistencias injustificadas; muerte o discapacidad que impida el desempeño; e incumplimiento de las encomiendas o resoluciones que emita el propio Comité Ciudadano [hv].

El órgano que aprueba el gasto no tiene causales escritas. El que da seguimiento tiene cinco. La Presidencia de ese comité ciudadano ocupa además la Décima Vocalía del Comité Técnico [hv].

El contrato publicado no está firmado

Lo que el Periódico Oficial publicó como Anexo 1 del acuerdo es el modelo del contrato de fideicomiso, número F/4137220, con BBVA México como fiduciaria. La fórmula de cierre dice que las partes lo firman de conformidad el día en blanco de septiembre del 2023, y las cuatro rúbricas, dos del Municipio y dos de los delegados fiduciarios, son líneas vacías [hv]. Las rúbricas de los anexos también [hv]. El anexo de Beneficiario Controlador conserva sin sustituir el marcador de plantilla INSERTAR EL FORMATO EN EXCEL [hv]. En el ejemplar no consta el contrato firmado [sin dato].

El foro es la Ciudad de México. La cláusula Vigésima Segunda somete a las partes a la jurisdicción y competencia de los tribunales en la Ciudad de México, con renuncia expresa al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder [hv]. El domicilio de la fiduciaria en el contrato es Paseo de la Reforma 510, Ciudad de México [hv].

Un anexo no se publicó. La cláusula Quinta remite la inversión del patrimonio a un anexo denominado Política de Inversión, firmado por el Fideicomitente y el Fiduciario, que se agrega al contrato para formar parte del mismo [hv]. Los anexos que sí aparecen en el ejemplar son seis: Honorarios, Buró de Crédito, Envío de Instrucciones Digitales, Generación de Instrucciones Digitales, Beneficiario Controlador e Inventario, más la tabla de firmas del Comité Técnico [hv]. La Política de Inversión no está entre ellos [sin dato]. Su contenido no consta y no se infiere aquí.

La misma cláusula Quinta fija qué ocurre si ese anexo no opera: a falta de aviso por escrito del Municipio, la fiduciaria invertirá y reinvertirá los recursos en pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento, con plazo a un solo día; y en tanto el tipo de inversión lo permita, la inversión se hará en instituciones integrantes del Grupo Financiero BBVA México [hv].

Los honorarios, y una cuenta que se aprueba por silencio

Son dos cosas distintas y contiguas en el mismo contrato.

Los honorarios están en su propio anexo: 40,000 pesos más IVA por la aceptación y firma; 160,000 pesos más IVA anuales por el manejo, pagaderos por anticipado por cada año o fracción y con cargo al patrimonio; 10,000 pesos más IVA por cada acto en que la fiduciaria intervenga con su firma; e interés moratorio de 1 por ciento mensual [hv].

Las dos cantidades recurrentes se actualizan cada enero a elección de la fiduciaria, y la elección no es sólo el índice: el anexo ofrece el Índice Nacional de Precios al Consumidor, o el costo de operación transaccional de la propia fiduciaria cuando ese costo tenga un aumento anual superior al índice, o las condiciones de precio en el mercado para fideicomisos similares [hv]. El número de la cuenta de cheques de la que se cobran quedó en blanco [hv].

El patrimonio inicial del fideicomiso fue de 1,000 pesos, y la cláusula Cuarta inciso f dispone que esa aportación se aplique al pago de los honorarios [hv].

La aprobación tácita está en otra cláusula y recae sobre otra cosa: los estados de cuenta. La Décima Quinta dice que la fiduciaria rendirá cuentas mensualmente mediante un estado de cuenta enviado al correo electrónico señalado por el Fideicomitente y el Comité Técnico, quienes tienen plazo hasta el último día de cada mes para pedir aclaraciones, y agrega, textual: si el fiduciario no recibe ninguna solicitud de aclaración por escrito en el citado plazo, se entenderá que las cuentas relativas quedaron debidamente aprobadas [hv]. El párrafo siguiente añade que la fiduciaria no será responsable si el Fideicomitente no recibe los estados de cuenta, y que de no solicitar copia se entenderá que está de acuerdo con ellos [hv].

Esa cláusula remite al correo señalado en la cláusula décima séptima. Los dos campos de correo electrónico del contrato están en la cláusula Décima Sexta, y los dos quedaron en blanco [hv]. La décima séptima trata de otra materia [hv].

Nota metodológica y huecos declarados

Todo el articulado citado proviene de un solo ejemplar: el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo del 26 de septiembre de 2023, Extraordinario 153, páginas 184 a 254, que contiene el acuerdo de creación del fideicomiso y sus cuatro anexos: el contrato, el Reglamento Interior del Comité Técnico, las Reglas de Operación y la integración nominal del Comité. El cuerpo del ejemplar es escaneo sin capa de texto útil, de modo que cada cita se leyó sobre página renderizada a 200 puntos por pulgada y no por extracción.

La integración se describe por cargo y por organización. Los nombres de las personas designadas constan en el ejemplar y no se reproducen aquí.

Las cuatro reglas de quórum se leyeron en los dos instrumentos que las contienen: el Reglamento Interior, que es el Anexo 2 del acuerdo, y el contrato de fideicomiso, que es el Anexo 1. No se localizó disposición que establezca cuál priva [no localizado].

Este texto describe el instrumento vigente al 26 de septiembre de 2023. No se revisó si el Ayuntamiento reformó después el reglamento o las reglas [sin dato]. La reforma de diciembre de 2024 a la Ley de Hacienda del Municipio adicionó el artículo 136 BIS, que eleva el fideicomiso a rango de ley y ratifica la fórmula mixta de funcionarios y representantes de la sociedad civil sin fijar proporción [hv].

No se localizó en el ejemplar el anexo denominado Política de Inversión, al que remite la cláusula Quinta del contrato. Se declara como lo que es: un anexo al que el contrato remite y que no aparece publicado. No se especula sobre su contenido.

No se leyeron las actas de las sesiones del Comité Técnico. Lo publicado de esas sesiones son los programas operativos anuales, no las actas [sin dato].

No se verificó si los demás municipios que cobran el derecho tienen reglas de quórum, de responsabilidades o de remoción equivalentes [sin dato].

Este texto no formula recomendaciones ni califica la conducta de ninguna autoridad ni de ningún particular. Describe lo que los instrumentos dicen y dónde lo dicen.

Riviera Maya Economic Pulse
Compartir LinkedIn WhatsApp X